Con la expedición de la circular 003 del 12 de enero de 2022, a través de la cual el Gobierno Nacional fija y reglamenta la exigencia obligatoria del esquema de vacunación completo para trabajadores de lugares de asistencia masiva, revive la polémica acerca de si las empresas pueden legalmente obligar a sus empleados a vacunarse.
(Gremios, con dudas y críticas a exigencia de vacunación a empleados).
Y es que aunque la circular imparte instrucciones para estos casos, las empresas pueden entrar en una encrucijada frente a la posibilidad de encontrarse con un empleado que no quiera vacunarse, pues legalmente no puede constituirse como despido por justa causa no querer hacerlo.
Sin embargo, la circular insta a las compañías a “desplegar acciones, mecanismos y establecer protocolos de bioseguridad para la protección de la vida y salud de sus trabajadores, así como las medidas de higiene y seguridad en el trabajo” con el fin de desarrollar las actividades laborales “en condiciones seguras”, mientras que para los empleados “se precisa que deberán hacer el esquema de vacunación completo y presentar ante su empleador el carnet de vacunación que así lo acredite”.
Frente a esta reglamentación y partiendo de la base de que por ley las empresas no pueden despedir a sus trabajadores por esta causa, las empresas deben buscar algunos caminos frente a la posibilidad de encontrarse con un empleado antivacuna.
(El abecé de la exigencia de vacunación anticovid a trabajadores).
Entre las alternativas que tienen las compañías está reubicar a los trabajadores que no quieran vacunar en puestos de trabajo en los que no haya contacto directo con otras personas o reasignarle labores.
Otra alternativa está en adelantar vacaciones o asignar trabajos desde la casa, opción que de todas formas solo dilatará el tiempo frente a la toma de una decisión.
“Si bien es deseable una previsión legal específica sobre el particular, bajo el actual contexto, ante la posible afectación de terceros por la no vacunación del trabajador, el empleador debe considerar la adopción de modalidades de trabajo a distancia (trabajo en casa y teletrabajo) y el traslado a espacios de reducción de la exposición al contagio, respetando el carácter voluntario del proceso de vacunación para la realización de los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, la objeción de conciencia y la dignidad humana”, señaló Iván Daniel Jaramillo, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario.
Para varios expertos en derecho laboral, las últimas decisiones del Gobierno están llevando hacia el principio sobre el cual prime el bienestar social sobre el particular.
(Incapacidad por covid: lo que deben hacer empresas y trabajadores).
“En Colombia debe evaluarse en cada caso concreto el carácter imprescindible de la vacuna para el desarrollo de las funciones encomendadas al trabajador, dada la posible afectación a terceros y la imposibilidad de adoptar acciones alternativas que permitan reducir el riesgo y respetar el principio de estabilidad en el trabajo”, concluye Jaramillo.
Gremios como Fenalco y Asobares celebraron la decisión del Gobierno como una forma de cuidado colectivo que lleve al país a salir más rápido de la crisis sanitaria y señalan que es un precedente para que las empresas opten por contratar, preferiblemente, a personas que ya estén vacunadas.
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Fuente: Portafolio