Personas inhabilitadas para votar en las elecciones 2022

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Cada año la Registraduría Nacional establece un censo electoral que lo componen las personas habilitadas para votar en el país. En este sentido, la norma establece que las personas de 18 años o más con cédula de ciudadanía podrán ejercer su derecho al voto. 

(Lea: Estos son los beneficios que puede obtener por ir a votar). 

Sin embargo, existen algunas excepciones. De acuerdo con ello, los ciudadanos condenados con pérdida de derechos políticos, no hacen parte del censo electoral. Tampoco podrán votar aquellos que renuncien a la nacionalidad colombiana. 

La Registraduría también reporta que los miembros de la fuerza pública en calidad de personal uniformado no pueden participar en los sufragios ni los ciudadanos fallecidos. 

De acuerdo con el artículo 219 de la constitución los militares no tienen acción deliberativa, “no podrá reunirse sino por orden de autoridad legítima, ni dirigir peticiones, excepto sobre asuntos que se relacionen con el servicio y la moralidad del respectivo cuerpo y con arreglo a la ley. Los miembros de la Fuerza Pública no podrán ejercer la función del sufragio mientras permanezcan en servicio activo, ni intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos”.

En el caso de las personas privadas de la libertad en centros carcelarios no tienen esta opción. Es decir, todos aquellos condenados y que pagan su pena en una cárcel o con el beneficio de casa por cárcel. 

No obstante, si está privado de la libertad como sindicado de cometer un delito pero no ha sido condenado, sí puede ejercer el voto. 

(Además: Jurados de votación 2022: ¿Cómo saber si lo eligieron?). 

La actualización permanente del censo electoral se realiza a partir de la depuración del Archivo Nacional de Identificación que tiene los datos de los colombianos cedulados desde 1952. 

Este censo se actualiza diariamente “con base en la inclusión y exclusión de las cédulas de ciudadanía de los colombianos habilitados o inhabilitados para votar”, según la entidad. 

Cabe recordar que los primeros sufragios del año serán el próximo 13 de marzo para elegir los congresistas y votar las consultas interpartidistas. Después, el 29 de mayo, se llevará a cabo la primera vuelta de las elecciones presidenciales. Una tercera fecha dependería de los resultados de esta contienda. 

(Lea: Así quedaron los tarjetones para las consultas interpartidistas). 

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Fuente: Portafolio