Elizabeth Loaiza Enfrenta Cargos Por Promocionar ‘ProMed COVID 19 Rapid Test’

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La Superintendencia de Industria y Comercio tomó la decisión, en el marco de las pesquisas por el producto que ella ofrecía en pleno confinamiento.

La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos en contra de la modelo Elizabeth Loaiza Junca por ofrecer el producto “ProMed Covid 19 Rapid Test”. Esta actividad de promoción se adelantaba a través de sus redes sociales, en donde además aseguró que dichos productos contaban con el Registro Sanitario expedido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, y que podían adquirirlo únicamente las gobernaciones, alcaldías, hospitales y clínicas.

De acuerdo con la SuperIndustria, estas condiciones objetivas no se ajustan a la realidad, lo cual podría constituir publicidad engañosa y por tanto una vulneración a lo dispuesto en el Estatuto del Consumidor. El organismo también imputó cargos por el presunto incumplimiento de las órdenes impartidas por esta Superintendencia, pues Loaiza no allegó información solicitada el 15 de abril de 2020.

La Delegatura de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio adelantó esta averiguación producto del monitoreo de medios, en donde encontró la publicación realizada por la reconocida modelo e influenciadora Elizabeth Loaiza en su cuenta de Instagram (@elizabethloaiza), en la que ofrecía el producto “ProMed Covid 19 Rapid Test”, evidenciándose que se trataba de un producto al que se le atribuían bondades relacionadas con la detección rápida del “coronavirus”, por lo que el 15 de abril se requirió a la empresaria con el fin de obtener información sobre el origen del producto y los beneficios atribuidos al mismo, así como de la publicidad utilizada para ofrecerlo. Loaiza desatendió estos requerimientos.

Posteriormente, la Superindustria conoció la alerta sanitaria expedida por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, en la cual, además de advertir que las pruebas rápidas para detección del covid-19 no son de venta libre, incluyó un listado de pruebas que se ofrecen en el mercado nacional sin contar con autorización otorgada por esta autoridad sanitaria, dentro de las cuales se encontraba el producto ofrecido en la publicidad realizada por Loaiza.

En consecuencia, se solicitó información en relación con la publicación mencionada al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, la cual confirmó a esa autoridad que el producto mostrado en la publicidad de la cuenta de instagram (@elizabethloaiza), no contaba con registro sanitario, ni autorización de importación para su comercialización. Contra esta apertura de investigación no proceden recursos. La modelo se expone a multas hasta por 2.000 salarios mínimos legales mensuales.


Fuente: Semana

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