El próximo domingo 13 de marzo se llevarán a cabo las elecciones del Congreso de la República y de los candidatos a la Presidencia de las consultas interpartidistas.
(Estos son los tarjetones electorales de las elecciones 13 marzo 2022).
Para ello, según el artículo 105 del Código Electoral colombiano, el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación.
Desde el 13 de febrero, los colombianos pueden consultar si fueron seleccionados, en las resoluciones de nombramiento que se publican en las sedes de la Registraduría y las alcaldías, en la página web de la Registraduría o descargando la app InfoVotantes Congreso.
(Gremios empresariales invitan a ejercer voto informado y responsable).
Asimismo, el artículo 108 del Código Electoral señala las causas para ser exonerado de dicho cargo:
– Muerte del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores de la elección.
– Grave enfermedad del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo
– No ser residente en el lugar donde fue designado.
– Ser menor de 18 años.
– Haberse inscrito y votar en otro municipio.
Si alguno de estos es su caso, debe acercarse a la Registraduría y pedir un formato para la solicitud de exoneración o enviar un correo, para Bogotá a: juradosbogota@registraduria.gov.co, y para el resto del país a: jurados2022@registraduria.gov.co.
Allí debe adjuntar los documentos que demuestren que no puede ser jurado de votación. Por enfermedad, solo podrá hacerlo presentando el certificado médico de la EPS y por muerte de un familiar de primer grado de consanguinidad, con el certificado de defunción.
PORTAFOLIO
(Con información de EL TIEMPO)
Fuente: Portafolio