{"id":71476,"date":"2022-02-04T15:42:12","date_gmt":"2022-02-04T20:42:12","guid":{"rendered":"https:\/\/papayaso.co\/economia\/retencion-en-la-fuente-los-cambios-que-hay-para-2022\/"},"modified":"2022-02-04T15:42:14","modified_gmt":"2022-02-04T20:42:14","slug":"retencion-en-la-fuente-los-cambios-que-hay-para-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/papayaso.co\/economia\/retencion-en-la-fuente-los-cambios-que-hay-para-2022\/","title":{"rendered":"Retenci\u00f3n en la fuente: los cambios que hay para 2022"},"content":{"rendered":"
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Seg\u00fan los expertos en materia tributaria, la unidad de valor tributario (UVT) cambia cada primero de enero<\/b> con la inflaci\u00f3n anual calculada en el mes de septiembre del a\u00f1o anterior. Para el 2022, la UVT qued\u00f3 en 38.004 pesos. <\/p> \n
Por eso, este a\u00f1o, el valor que retuvieron los empleadores del salario de sus trabajadores, sujetos a retenci\u00f3n en la fuente, cambi\u00f3.<\/b> <\/p> \n
(Lea: Gobierno aument\u00f3 pron\u00f3stico de crecimiento econ\u00f3mico al 5 % para 2022). <\/p> \n
Incluso, el monto retenido pudo haber sido menor<\/b>, como en el caso de los empleados que en enero mantengan el mismo sueldo<\/b> que tra\u00edan. Dado que, el rango de las tarifas est\u00e1 fijado en el UVT y, con el aumento de la unidad, el trabajador pudo quedar en un rango inferior. <\/p> \n
Por otro lado, para Nicol\u00e1s Carrero<\/b>, director de la firma Carrero & Asociados, la retenci\u00f3n en la fuente les sube a las personas a las que les aumentaron el sueldo,<\/b> les sube el valor de la retenci\u00f3n en la fuente m\u00e1s de lo que se increment\u00f3 el UVT para 2022. Es decir, m\u00e1s del 4,67%. <\/p> \n
(Lea: Alza del m\u00ednimo y alimentos mantendr\u00eda disparada inflaci\u00f3n en enero). <\/p> \n
En otras palabras, si con el aumento recibido, el salario pas\u00f3 a una escala superior de la tabla de retenci\u00f3n en la fuente, la tarifa que retiene el empleador tambi\u00e9n sube. <\/p> \n
De acuerdo con la tabla de rangos del 2022<\/b>, a un trabajador que reciba entre 150 y 360 UVT (entre 5\u2019700.600 pesos y 13\u2019681.640 pesos) la tarifa de retenci\u00f3n en la fuente es del 28%, y si el salario es mayor, entre 360 UVT y 640 UVT (13\u2019681.640 pesos y 24\u2019322.560 pesos), se retiene la siguiente tarifa marginal de la tabla, es decir, el 33%. <\/p> \n
\u00bfC\u00d3MO CALCULAR LA RETENCI\u00d3N?<\/b> <\/p> \n
Si el aumento fue en enero, y se usa el m\u00e9todo 2<\/b>, la retenci\u00f3n solo subir\u00eda desde julio porque no aplica en el ingreso del mes que se liquida, sino en el promedio de ingresos de 12 meses.
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(Lea: Recaudo neto de impuestos creci\u00f3 24 % en enero).\u00a0 <\/p> \n
Entonces, con el m\u00e9todo 2, la retenci\u00f3n en la fuente pudo subir en enero a personas cuyo salario subi\u00f3 en los 12 meses anteriores. <\/p> \n
Seg\u00fan Carrero, en este m\u00e9todo se aplica un porcentaje fijo de retenci\u00f3n para cada semestre. El que se calcula en diciembre se aplica en la primera mitad del a\u00f1o<\/b>, y el de junio se aplica en la segunda mitad del 2022. <\/p> \n
Para calcular la base gravable de la retenci\u00f3n<\/b>, al sueldo que recibe el trabajador se les restan los ingresos que no constituyen renta, las rentas exentas y las deducciones, y esto se enfrenta a la tabla de tarifas vigente. <\/p> \n
Para el experto, esta no es la mejor manera<\/b> de hacerlo, \u201csiempre recomendamos que lo que realmente el asalariado se gane en el a\u00f1o se anticipe al a\u00f1o, pero hay gente que prefiere el segundo m\u00e9todo porque la retefuente es menor, pero cuando van a presentar la renta ah\u00ed s\u00ed comienza Cristo a padecer\u201d.<\/i> <\/p> \n
(Lea: Ingresos de hogares por estrato social y efectos en ellos por alzas). <\/p> \n
\u00bfDE QU\u00c9 MANERA REDUCIR LA RETENCI\u00d3N EN LA FUENTE?<\/b> <\/p> \n
Desde el 2017, el tope de deducci\u00f3n<\/b> para efectos de retenci\u00f3n en la fuente y para el impuesto de renta no puede pasar del 40%<\/b> del valor de los ingresos netos. <\/p> \n
Entre las deducciones y exenciones est\u00e1n el pago por la medicina prepagada<\/b>, las personas dependientes<\/b> a cargo (hijos, padres o c\u00f3nyuge), los intereses por cr\u00e9dito<\/b> de vivienda, el ahorro voluntario<\/b> en fondos de pensiones privados o las cuentas de ahorro para el fomento de la construcci\u00f3n (AFC). <\/p> \n
En el caso de la medicina prepagada o planes complementarios de salud, el monto no podr\u00e1 deducir m\u00e1s de 16 UVT, <\/b>es decir, 608.064 pesos para 2022. Para esto, se debe presentar el documento expedido por la EPS que le presta el servicio complementario. <\/p> \n
Un dependiente v\u00e1lido puede ser un hijo hasta los 18 a\u00f1os o hasta los 23 si el padre o la madre le financian la educaci\u00f3n. Los padres y hermanos son aceptados como dependientes cuando no tienen ingresos por m\u00e1s de un a\u00f1o o est\u00e1n en condici\u00f3n de discapacidad. En cada caso hay un l\u00edmite para hacer uso de la deducci\u00f3n. <\/p> \n
(Lea: Las alertas por posibles alzas en la inflaci\u00f3n y el d\u00f3lar). <\/p> \n
Para los intereses por deuda hipotecaria, no se puede exceder las 100 UVT mensuales.<\/b> Tambi\u00e9n se debe demostrar el pago mensual de intereses, solicitando el documento soporte del valor pagado por intereses del cr\u00e9dito ante la entidad correspondiente. <\/p> \n
Seg\u00fan los expertos, lo mejor es que las personas declarantes fijen un plan de ahorro mensual con el fin de no tener que sacar los recursos en un solo contado cuando se presenta la declaraci\u00f3n de renta. <\/p> \n
PORTAFOLIO <\/p> \n<\/div>\n