{"id":72491,"date":"2022-02-07T03:44:10","date_gmt":"2022-02-07T08:44:10","guid":{"rendered":"https:\/\/papayaso.co\/economia\/percepcion-de-seguridad-juridica-en-la-construccion\/"},"modified":"2022-02-07T03:44:17","modified_gmt":"2022-02-07T08:44:17","slug":"percepcion-de-seguridad-juridica-en-la-construccion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/papayaso.co\/economia\/percepcion-de-seguridad-juridica-en-la-construccion\/","title":{"rendered":"Percepci\u00f3n de seguridad jur\u00eddica en la construcci\u00f3n"},"content":{"rendered":"
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Coinciden los economistas en que para la buena marcha del PIB,<\/b> el crecimiento de la inversi\u00f3n, la din\u00e1mica saludable del empleo, el comportamiento de la inflaci\u00f3n, el impulso de las exportaciones y las dem\u00e1s variables cardinales, son fundamentales las percepciones singulares <\/b>que tengan los actores de la econom\u00eda. <\/p> \n
As\u00ed por ejemplo, las expectativas sobre las propias condiciones econ\u00f3micas y las del pa\u00eds en general medidas por el \u00cdndice de Confianza del Consumidor (ICC)<\/b>, determinan su disposici\u00f3n para realizar gastos y sirven de apoyo a las predicciones sobre el comportamiento de la demanda de bienes y servicios, marcando en consecuencia decisiones de inversi\u00f3n y emprendimiento.<\/b> <\/p> \n
Dentro de esta l\u00ednea, la seguridad jur\u00eddica<\/b> se entiende b\u00e1sicamente como la confianza y tranquilidad que genera el que las normas que expida el Estado y la aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica<\/b> que de las mismas se haga por parte de las autoridades leg\u00edtimas en los casos particulares y concretos, siga par\u00e1metros de equidad, igualdad, uniformidad, coherencia y estabilidad. <\/p> \n
Desde la perspectiva del sector de la construcci\u00f3n<\/b>, la seguridad jur\u00eddica hace parte de las variables y circunstancias que los inversionistas suelen tener en cuenta para adoptar decisiones sobre promoci\u00f3n de proyectos, construcci\u00f3n de vol\u00famenes apreciables de edificaciones, creaci\u00f3n de empresas, ensanches, etc. <\/p> \n
Un indicador que, producto de la observaci\u00f3n y la medici\u00f3n objetivas reflejara num\u00e9ricamente la confianza que en cada pa\u00eds se pueda razonablemente tener sobre el respeto efectivo de las reglas del juego, el mantenimiento de su estabilidad general y la equidad, coherencia y uniformidad reales al resolver las autoridades leg\u00edtimas casos individuales y concretos, ser\u00eda el llamado \u00cdndice de Seguridad Jur\u00eddica (ISJ)<\/b>, que aportar\u00eda una valiosa herramienta de an\u00e1lisis econ\u00f3mico. <\/p> \n
De acuerdo con el Foro de Estudios sobre la Administraci\u00f3n de Justicia (FORES) no existe un ISJ propiamente dicho, en el sentido de un valor que refleje t\u00e9cnicamente los elementos antedichos, considerando la evidente dificultad que para el efecto fluye de su propia naturaleza; pero s\u00ed podemos inferir el nivel de seguridad jur\u00eddica <\/b>de un Estado, tomando en consideraci\u00f3n factores pol\u00edticos, econ\u00f3micos e institucionales. <\/p> \n
Dentro de estos \u00faltimos reviste especial relevancia el \u00cdndice de Estado de Derecho del World Justice Project <\/b>(2021) que en escala de cero (m\u00ednimo apego al Estado de Derecho) a uno (m\u00e1ximo apego), clasifica comparativamente los pa\u00edses<\/b> como resultado de ocho variables: <\/span> limitaciones a los poderes del Estado, (ii) ausencia de corrupci\u00f3n, (iii) justicia civil, (iv) apertura gubernamental, (v) derechos fundamentales, (vi) seguridad y orden, (vii) justicia criminal y (viii) cumplimiento regulatorio. <\/p> \n Dentro de esta \u00faltima variable, en la que se analiza el impacto de <\/span> las influencias impropias, (ii) las dilaciones injustificadas, (iii) la coercibilidad efectiva, (iv) el respeto por el debido proceso y (iv) la compensaci\u00f3n en expropiaciones, Colombia <\/b>presenta un \u00edndice del 0,52, ubic\u00e1ndose en el puesto 12 de 32<\/b> en la regi\u00f3n y en el 62 de 139 a nivel global. <\/p> \n Aunque no est\u00e9 cuantificada la correlaci\u00f3n entre el apego al Estado de Derecho y el volumen de la inversi\u00f3n privada, las reglas de la experiencia permiten concluir que a mayor confianza en lo primero, mayores vol\u00famenes de lo segundo, como parece confirmarlo el que naciones como Jap\u00f3n, Francia, Canad\u00e1 o Chile -con \u00edndices m\u00e1s cercanos a 1- tengan proporcionalmente mayores niveles de inversi\u00f3n privada<\/b>, y que pa\u00edses como Nicaragua o Bolivia -por debajo del 0,5- sufran de importantes d\u00e9ficits en ese aspecto. <\/p> \n La clasificaci\u00f3n elaborada por IESE Insight aportaotra herramienta de an\u00e1lisis, que en funci\u00f3n del grado de atracci\u00f3n a la inversi\u00f3n, ubica a Jap\u00f3n y Francia como \u2018altamente atractivos\u2019, a Bolivia en el rango de los que deben evitarse, y a Colombia como pa\u00eds de \u2018inter\u00e9s decreciente-en observaci\u00f3n-\u2019. <\/p> \n En el mismo sentido el informe 2017 de la Andi, \u2018Importancia de la seguridad jur\u00eddica para el crecimiento y la inversi\u00f3n\u2019, explica c\u00f3mo el impacto de la incertidumbre jur\u00eddica en las decisiones de invertir<\/b> en una empresa fue calificado en una media de 3,38 sobre 5 y refiere que el Centro de Estabilidad Financiera (CFS) de Estados Unidos, en su \u00cdndice de Seguridad Jur\u00eddica de 2012-2013, estudi\u00f3 la regulaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n del derecho en 144 pa\u00edses para efectos de determinar el ambiente institucional y regulatorio para la promoci\u00f3n de inversiones con una posici\u00f3n de 75 entre 144 para Colombia. <\/p> \n Todos estos elementos constituyen un claro indicio de que un alto ISJ, impactar\u00eda favorablemente <\/b>y de forma directa el volumen de inversi\u00f3n privada en la industria de la construcci\u00f3n, y que nuestro pa\u00eds se ubica en posiciones que tienen un amplio espectro para mejorar. <\/p> \n En materia de la construcci\u00f3n de vivienda, nuestra Constituci\u00f3n Pol\u00edtica asigna a los municipios, \u201cdentro de los l\u00edmites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcci\u00f3n y enajenaci\u00f3n de inmuebles destinados a vivienda\u201d<\/i>, lo que constituye un important\u00edsimo factor de la variable \u2018cumplimiento regulatorio\u2019 ya referida, que impulsar\u00e1 el ISJ en la medida en que -como debe ser- la normatividad local se armonice en su hermen\u00e9utica y aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica con las leyes y la jurisprudencia de alcance nacional, haciendo prevalecer las posiciones correspondientes en la pir\u00e1mide jur\u00eddica. <\/p> \n Para el caso de Bogot\u00e1,<\/b> cuya econom\u00eda aporta m\u00e1s de la cuarta parte del PIB de la naci\u00f3n, decisiones de car\u00e1cter sancionatorio que no sigan la l\u00ednea jurisprudencial de la Corte Suprema o que contrar\u00eden sentencias ejecutoriadas de las autoridades jurisdiccionales, impactan grave y desfavorablemente el ISJ y en consecuencia, la toma de decisiones de inversi\u00f3n privada en la construcci\u00f3n de vivienda, comercio y oficinas. <\/p> \n Con registros hist\u00f3ricos de inversi\u00f3n extranjera directa en la industria de construcci\u00f3n en Colombia <\/b>de 881 millones de d\u00f3lares en 2019 y de 212 millones de d\u00f3lares en lo corrido de 2021, sigue siendo grande el trecho por recorrer. Sin embargo, decisiones como las aqu\u00ed referidas no contribuyen precisamente a acortarlo. <\/p> \n FELIPE PINILLA ACEVEDO
PORTAFOLIO <\/p> \n<\/div>\n