<\/span> En el marco del D\u00eda Internacional de la Mujer, el Presidente Iv\u00e1n Duque lider\u00f3 este martes la firma de un Decreto, que ampl\u00eda el cupo y el valor de los subsidios entregados a las ex madres comunitarias y sustitutas del pa\u00eds, aumentando las ayudas de $280 mil a $440 mil pesos por beneficiaria, y garantizando su financiaci\u00f3n a trav\u00e9s del Fondo de Solidaridad Pensional.<\/strong> <\/p> \n \u201cY por eso lo que queremos nosotros es que sigamos d\u00e1ndoles a las madres comunitarias todas las herramientas para seguir apoyando esto que nace del coraz\u00f3n, porque a ninguna de ustedes las obligaron a ser madres comunitarias o madres sustitutas. Ustedes llegaron por amor a los ni\u00f1os y familias de nuestro pa\u00eds. Y eso merece un gran reconocimiento, y me alegra que en D\u00eda de la Mujer estemos nosotros diciendo: mil cupos nuevos de beneficiarias del programa de subsidios en Colombia para la protecci\u00f3n de la vejez de las madres comunitarias\u201d, declar\u00f3 el Mandatario. <\/p> \n Cabe resaltar que, al inicio del Gobierno, se atend\u00edan 2.379 beneficiarias y, gracias a las ampliaciones de cobertura que se han realizado, ahora el subsidio llega a cerca de 6.000 ex madres.<\/strong> <\/p> \n La firma se dio en medio de un evento de reconocimiento para m\u00e1s de 600 ex madres comunitarias y sustitutas, donde el Jefe de Estado resalt\u00f3 la labor y el compromiso que mantienen ellas con la comunidad. <\/p> \n \u201cY yo quiero decirles a ustedes como Presidente que en este Gobierno hemos consolidado la protecci\u00f3n social de por vida para las madres comunitarias de Colombia con estos programas de subsidio y protecci\u00f3n pensional\u201d, declar\u00f3 el Presidente durante el homenaje. <\/p> \n El Presidente manifest\u00f3 que las madres comunitarias y sustitutas en Colombia \u201chan ayudado a tantos ni\u00f1os a salir adelante; con las mujeres que han cambiado vidas y que siguen cambiando vidas en nuestro pa\u00eds\u201d.<\/strong> <\/p> \n Recalc\u00f3 que el subsidio es una acci\u00f3n de respaldo a su labor, y de justicia con su trabajo, que ha permitido llenar corazones, vac\u00edos y ha transformado seres humanos. \u201cResulta que para millones de ni\u00f1os en Colombia ustedes han sido la educaci\u00f3n preescolar\u201d, manifest\u00f3. <\/p> \n Le puede interesar:\u00a0<\/strong><\/span>$1.1 billones se destinaron durante este Gobierno para reincorporaci\u00f3n<\/span> <\/p> \n El Mandatario estuvo acompa\u00f1ado en el homenaje por el Ministro de Trabajo y la Directora del ICBF, Lina Arbel\u00e1ez. <\/p> \n Record\u00f3 que el Ministro Cabrera fue uno de los defensores a ultranza en el Congreso de la Rep\u00fablica para permitir la cobertura pensional de las madres comunitarias que han trasegado un m\u00ednimo de a\u00f1os.<\/strong> <\/p> \n Entre tanto el Ministro Cabrera afirm\u00f3 que, a trav\u00e9s de este decreto, \u201ctambi\u00e9n se est\u00e1 garantizando que el valor de dicho subsidio no perder\u00e1 su poder adquisitivo en el tiempo, contribuyendo as\u00ed a su sostenibilidad econ\u00f3mica durante la vejez\u201d. <\/p> \n C\u00f3mo acceder al subsidio<\/strong> <\/p> \n Los requisitos para las ex madres comunitarias que quieran aplicar al beneficio, son: ser colombiano\/a; tener como m\u00ednimo 57 a\u00f1os, si es mujer, o 62 a\u00f1os, si es hombre, y no reunir los requisitos para acceder a pensi\u00f3n.<\/strong> <\/p> \n Igualmente, haber residido durante los \u00faltimos diez a\u00f1os en el territorio nacional; acreditar la condici\u00f3n de retiro como madre comunitaria del programa de hogares comunitarios de Bienestar Familiar a partir de la entrada en vigor de la Ley 1450 de 2011, y haber realizado la labor como madre comunitaria por un tiempo no menor de 10 a\u00f1os. <\/p> \n As\u00ed mismo, los requisitos para las ex madres sustitutas son: ser colombiano\/a; acreditar la condici\u00f3n de retiro como madre sustituta de la modalidad de hogares sustitutos de Bienestar Familiar a partir del 24 de noviembre de 2015; haber desarrollado su labor de madre sustituta por un tiempo no menor a 10 a\u00f1os; haber residido durante los \u00faltimos diez a\u00f1os en el territorio nacional, y haber cumplido la edad para pensi\u00f3n de vejez, sin reunir los requisitos para acceder a una pensi\u00f3n. <\/p> \n<\/div>\n
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